Estimado compañero:

Ponemos en tu conocimiento que con fecha 12 de mayo de 2021 se ha publicado en el BOE el Real Decreto 325/2021, de 11 de mayo por el que se regula la concesión directa de ayudas a participantes en la campaña militar de 1957-1959 en el territorio de IFNI-Sahara y se aprueba la convocatoria de dichas ayudas.

En este Real Decreto se recogen las bases para percibir la ayuda directa de 1.000€ a aquellos participantes en el conflicto de Ifni, los compañeros del Primer Escuadrón de Paracaidistas del Ejército del Aire, los pertenecientes a los cursos 30 – 33 y 36 fueron participantes en esta contienda.

Si eres uno de ellos, o heredero de uno de ellos, te corresponde la ayuda establecida por el gobierno, si conoces alguno de estos casos, puedes informarle de manera que se puedan beneficiar.

El plazo para la presentación de las instancias es de cuatro meses a contar desde el día siguiente a la de la fecha de publicación del Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado, siendo esta la del miércoles 12 de mayo de 2021

Los documentos exigidos para la acreditación como perceptor de la ayuda son los siguientes:

Como documentos acreditativos a aportar por la persona interesada se tendrán en cuenta la hoja de servicios, la cartilla militar o documento oficial de igual carácter probatorio.

            En caso de persona causahabiente, (herederos)

  1. a) Copia del DNI del fallecido.
  2. b) Certificado de defunción del fallecido.
  3. c) En caso de herencia intestada el auto de declaración judicial de herederos abintestato o acta de notoriedad.
  4. d) En caso de herencia testada certificado de actos de última voluntad y copia autorizada del último testamento.
  5. e) En su caso, copia de la escritura de partición y adjudicación de herencia.

 

Las solicitudes, cuyo modelo figura en el Anexo I, deberán presentarse en el plazo de cuatro meses a contar desde el día siguiente a la entrada en vigor de este real decreto.

cve: BOE-A-2021-7841

Verificable en https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 113 miércoles 12 de mayo de 2021 Sec. I. Pág. 56742

Una vez finalizado este plazo no se admitirá ninguna solicitud más y el listado de solicitantes será definitivo.

Esperamos que esta información te pueda ser de utilidad.

Si necesitas de más información en la Asociación de Veteranos Paracaidistas del Ejército del Aire (ASVEPAREA) nos ofrecemos para ayudarte en la medida de nuestras posibilidades. Nos tienes a tu disposición en el correo electrónico presidente@asveparea.es y el teléfono 676473227

Sin otro particular recibe un cordial saludo.